Publicado 2022-03-29
Palabras clave
- Teletrabajo, inspección educativa, interpretación legal, supervisión, coordinación, realidad social, centros docentes.
- Telework, educational inspection, legal interpretation, supervision, social reality.
Cómo citar
Resumen
La aún vigente situación acaecida en España y el mundo entero a raíz del Covid-19 ha provocado, en parte, una reinvención de la Administración, la cual, en muy breve espacio de tiempo ha tenido que ver adaptada sus modalidades de trabajo para todo su personal. Esto, entre otras medidas, ha hecho que el teletrabajo
haya cobrado una relevancia inusitada en todos los trabajadores, independientemente del sector, que, en el caso del funcionariado español ha podido verse amparado, por la existencia en su caso de una normativa previa a tal efecto. En cualquier caso, la existencia de distintos cuerpos funcionariales hace que toda
normativa referida a teletrabajo deba ser interpretada y aplicada a cada caso concreto. El cuerpo de Inspectores de Educación, por sus particularidades y atribuciones no resulta exento de aplicación de toda normativa referida a teletrabajo y sí necesario de su correcta interpretación y ajuste. Analizaremos pues en el
siguiente artículo la normativa vigente en las distintas comunidades y su estudio comparado, a la vez que un modo acorde con los criterios de interpretación de las leyes para su correcta aplicación al cuerpo de Inspectores de Educación.