Publicado 2022-03-31
Palabras clave
- Covid 19, CC. Autónomas, Inspección de Educación, Planes de Actuación.
- Covid 19, Autonomous Communities, Education Inspection, Actions Plans.
Cómo citar
Resumen
La Constitución Española, en su art. 27.8, atribuye a los poderes públicos la potestad inspectora del sistema educativo. Esta actividad material de inspección se realiza por medio de los inspectores de educación, pertenecientes a un cuerpo estatal e integrados en cada Inspección de Educación organizada por las Administraciones Educativas. La problemática general que ha afectado, por un lado, a todo el país y a la estructura descentralizada del Estado, por otro, justifica la estructura de este artículo.
En este contexto vamos a analizar la planificación de la actuación de la Inspección en relación a la situación producida por la COVID 19 comenzando con el contexto general y siguiendo con la regulación que se ha hecho del trabajo de la Inspección en cada una de ellas mediante el estudio de Planes de Actuación. Se hace constar que Cataluña y Galicia no han publicado Planes de Actuación para el curso 2020/21.