COMUNICADO DE USIE SOBRE EL TRASPASO DE LA GESTIÓN DE LAS
JUBILACIONES DE FUNCIONARIOS A LA SEGURIDAD SOCIAL.

El Boletín Oficial del Estado del día 22 de abril, ha publicado el Real Decreto ley
15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la
economía y el empleo. En su Disposición Adicional (DA) Sexta “Adaptación normativa
de la legislación del Régimen de Clases Pasivas” -además de la DA Séptima y la DA
Octava que también tratan este tema, se determina el traspaso de la gestión de las
pensiones de los funcionarios pertenecientes al Régimen de Clases Pasivas desde
Ministerio de Hacienda, que las gestiona en la actualidad, al Ministerio de Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones.
Consecuencia del RDL las jubilaciones y otras prestaciones como viudedad u
orfandad del Régimen de Clases Pasivas (RCP) para quienes forman parte de él por
haber ingresado en la función pública antes del año 2011, las gestionará a partir de
ahora el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
. EL RDL no justifica el motivo de este cambio, que se implanta sin negociación ni consulta.
Resulta completamente inaudito e intolerable, el modo en que se ha hecho: el
Gobierno ha aprovechado el real decreto citado, que en teoría debe destinarse a
paliar los efectos de la crisis por el Covid-19 -para lo que el estado de alarma se ha
decretado, y no para otras medidas- y así materializar una de sus propuestas
políticas con absoluta falta de transparencia y dialogo con los miles de funcionarios
afectados.
Las disposiciones adicionales citadas del RDL se han promulgado sin
negociación con las organizaciones sindicales representativas de este colectivo y sin
debate parlamentario previo.
1.- Nos preguntamos, ¿y ahora qué pasará?
Si este Real Decreto-ley es convalidado en el Parlamento y por tanto prospera,
será una realidad que la gestión de todas las pensiones de clases pasivas será
competencia del INSS – Instituto Nacional de la Seguridad Social, de modo que,
tanto los fondos destinados a la financiación de esas pensiones, así como toda la
gestión administrativa y presupuestaria pasará a manos del INSS.
Consecuencia de lo anterior la competencia para el reconocimiento de las
pensiones de los que pertenecemos al RCP, corresponderá al INSS y la gestión
consistente en la ordenación del pago de las pensiones la realizará la Tesorería
General de la Seguridad Social.

2.-¿Esto afectará a la edad de jubilación o a la cuantía de las pensiones y
prestaciones del personal que pertenece al RCP?
El RDL no equipara el régimen especial de clases pasivas con el Régimen
General de la Seguridad Social, pero esto parece ser el inicio de posibles cambios
futuros que deberían pasar por una negociación con el colectivo de funcionarios
afectados a través de sus sindicatos y no hacerse de espaldas a ellos.
El RDL en principio solo determina un cambio de gestión del RCP, no concreta
nada respecto a dos aspectos fundamentales relacionados con las pensiones que
nos preocupan especialmente: ¿podremos seguir jubilándonos de forma anticipada
(a los 60 años cumpliendo los requisitos actuales)? y ¿existiría, a posteriori, algún
cambio en las cuantías de las pensiones?
Nuestra postura: desacuerdo frontal con la medida impuesta y petición de
negociación inmediata para el colectivo funcionarial sobre el RCP y las mejoras
necesarias en él.
La Unión Sindical de Inspectores de Educación, USIE, manifiesta:
 Rechazamos absolutamente la modificación introducida por el RDL
citado tanto por el contenido de las DA 6ª, 7ª y 8ª, como por las formas
utilizadas – aprovechando la declaración de un estado de alarma que
permite tramitar esta reforma sin la publicidad, las garantías y la
transparencia que son necesarias, además del riesgo de lesionar
intereses individuales y colectivos, por lo que USIE lo valora
negativamente. De esta forma, NO.
 Solicitamos un debate público sobre este tema que afecta a más de
millones de familias, y en consecuencia exigimos la NEGOCIACIÓN del
Régimen de Clases Pasivas, para su actualización y mejora.